Acaba de comenzar la temporada de piscinas en las comunidades de propietarios, el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) comunica que la normativa ha sido modificada, ya que hasta hace poco, las piscinas de uso colectivo deportivo/recreativo estaban obligadas a cumplir con todo lo indicado en la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regulaban las medidas sanitarias relacionadas con la crisis provocada por la COVID-19.
Actualmente, esta normativa se ha modificado por la Orden 439/2022, de 28 de marzo y afecta a las más de 12.000 piscinas comunitarias en la región. Quedan derogadas muchas de las limitaciones que hasta ahora estaban vigentes para el uso de las piscinas. Además, estos espacios también están afectados por la última Orden 576/2022, de 21 de abril, que regula el nuevo uso de las mascarillas. Tal y como expone Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid:
“Tras estas modificaciones en la normativa, todas las actividades relacionadas con el baño se podrán desarrollar en las mismas condiciones que se realizaban con anterioridad a la crisis sanitaria, teniendo en cuenta algunas recomendaciones y obligaciones”
Mascarillas
Sigue siendo recomendable el uso de mascarilla para todas aquellas personas que son más vulnerables. También cuando el contacto sea prolongado con personas no convivientes y no se pueda mantener una distancia de 1,5 metros.
Además, es aconsejable usar con responsabilidad la mascarilla en espacios cerrados comunitarios, así como en eventos multitudinarios como las reuniones o las celebraciones privadas.
Limpieza y desinfección
La piscina debe estar limpia y desinfectada diariamente antes de cada apertura y después del cierre según el número de usuarios y la intensidad de su uso. Es necesario revisar y limpiar frecuentemente con cualquier desinfectante virucida las zonas de uso común y las zonas privadas de los trabajadores, tales como baños, taquillas, vestuarios, cocinas u otras áreas de descanso, utilizando
Es necesario disponer de papeleras para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable, que deberán ser vaciadas regularmente. También es necesario tener disponibles dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes para manos.
Ventilación en piscinas cubiertas
Se debe asegurar una ventilación adecuada a través de medios mecánicos y/o naturales en las piscinas cubiertas y en los espacios interiores como aseos o vestuarios.
Es aconsejable procurar mantener al máximo posible la ventilación y medir la calidad del aire para que no supere el límite normativo de CO2, sobretodo en los momentos de más afluencia. En caso de que la concentración de CO2 supere las 1.000 partes por millón, por encima del límite normativo de 900 ppm, será necesario incrementar la ventilación o disminuir el aforo hasta que mejore la calidad del aire.
Piscinas desmontables
En los últimos años se ha incrementado el uso de piscinas desmontables en terrazas de viviendas de los áticos, pero su instalación puede suponer un riesgo para el resto de los vecinos, puesto que el edificio no siempre está diseñado para soportar el peso adicional que conllevan este tipo de piscinas. Por ello, CAFMadrid recuerda que antes de instalar una piscina desmontable conviene recordar que:
“es importante que el propietario encargue un estudio firmado por un técnico competente, en el que se garantice la correcta instalación, además de proceder a la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles accidentes y daños”
Otras medidas de higiene
Es recomendable el uso individual de botellas de agua para su consumo. Si en la finca hubiese fuentes de agua, deberán intensificarse las medidas de higiene y garantizar su limpieza y desinfección regular.
Se dará prioridad, cuando sea posible, el pago con tarjetas y otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.