La exposición continuada al ruido puede afectar a la salud provocando diferentes patologías: hipertensión, enfermedades del corazón e infartos o trastornos del sueño. Incluso se ha constatado que puede afectar al desarrollo cognitivo de los niños.
Según en el informe Noise in Europe, publicado por la Agencia Europea de Medio Ambiente, la contaminación acústica es uno de los principales problemas de salud medioambiental de los europeos. El año pasado el Colegio Profesional de Administradores de Fincas (CAFMadrid) publicaba un informe que desvelaba que el 90% de las comunidades de propiedades ha sufrido problemas de ruidos. Un 67% de las quejas están motivadas por la música alta, otro 50% corresponde a un aislamiento acústico deficiente de la vivienda.
¿Qué es el ruido?
El ruido es aquel sonido no deseado y desagradable que puede provocar malestar. La Organización Mundial de la Salud lleva desde 1970 considerándolo un contaminante ambiental. Muchos estudios científicos han demostrado los efectos negativos que tiene sobre la salud la convivencia con un entorno ruidoso.
¿Cuál es el límite del volumen tolerable?
La Comunidad de Madrid publicó en 1999 el decreto por el que se regula el Régimen de Protección contra la Contaminación Acústica, el cual establece que en las viviendas el límite máximo diurno es de 35 decibelios y 30 decibelios en horario nocturno. Estos límites se aplican a las zonas que dicho decreto designa como ‘subzona residencial habitable’, esto es, dormitorios, salones o despachos. Por otra parte, se indica que en las cocinas, baños y pasillos el límite es de 40 decibelios durante el período diurno y 35 en el nocturno.
Normativa contra la contaminación acústica en Madrid
El decreto de la Comunidad de Madrid establece que el horario nocturno comprende desde las 22 hasta las 8 horas y el resto es considerado diurno. Por otra parte, capacita a los Ayuntamientos para modificar estos períodos, posibilitando la instauración de diferentes horarios en función de las estaciones y de los días festivos.
El Ayuntamiento de Madrid publicó en 2011 la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica, que divide el día en tres períodos: el diurno comprendido desde las 7 hasta a las 19 horas; el vespertino, que abarca desde las 19 hasta las 23 horas; y el nocturno, desde las 23 hasta las 7 horas.
Además, si bien divide la vivienda en dos zonas, tan sólo separa los dormitorios del resto de estancias. El límite para los dormitorios se sitúa en 30 decibelios en horario diurno o vespertino y en 25 en el horario nocturno. Esta Ordenanza está pendiente de actualización por la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad
Disminuyen las quejas contaminación acústica en Madrid
En la ciudad de Madrid la preocupación por el ruido ambiental ha descendido en la lista de quejas de los vecinos. La Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción que publica el Ayuntamiento situaba este problema en el séptimo puesto en el 2017. La última edición el pasado 2019, expone que el ruido ha descendido situándose en el puesto número 14 en el listado de quejas de los residentes.
Sin embargo, aunque la contaminación acústica de la ciudad ha mermado en los últimos años, han aumentado las quejas en cuanto a factores internos de la propia comunidad de convivientes. Los datos recogidos por CAFMadrid en 2012 apuntaban que hasta un 70% de las comunidades de propietarios sufrían problemas a causa del ruido. Actualmente, las quejas de los vecinos han aumentado hasta el 90%.
Pasos a seguir ante ruidos de un vecino
En primer lugar, lo más recomendable es dialogar para comunicar nuestro malestar si se ha identificado quien es el causante para intentar llegar a una solución para mitigar el ruido.
En caso de no poder llegar a un acuerdo, el siguiente paso sería poner la situación en conocimiento del presidente de la comunidad para que notifique a dicho vecino las acciones administrativas y/o judiciales que se pueden contemplar si continúa provocando molestias.
Según una reciente encuesta de CAFMadrid, solo un 18% de los casos se arregla con una llamada de atención y la mayoría de las quejas por ruido acaban en una denuncia ante la Policía, aunque solo en el 20% de los casos se inician acciones judiciales.
Si se quiere recurrir a la vía judicial, es esencial conseguir pruebas, realizando mediciones de sonido que demuestren que se superan los límites establecidos por las normativas vigentes. En este caso, también es preciso que sea la comunidad de propietarios la que realice la denuncia, para ello se requiere la aprobación de esta medida en una junta general y hacer constar el problema en el orden del día.
Por último, es necesario requerir vía burofax al vecino en cuestión que desista y no continúe con actividades molestas. Si esto no da resultado, la comunidad puede establecer lo que se denomina una ‘acción de cesación’ y si finalmente la comunidad gana el juicio, el residente denunciado no solo estaría obligado a dejar de hacer ruido, sino que además se puede enfrentar a una sentencia que le exija una indemnización para los perjudicados, también es posible que se le prohíba el acceso a su vivienda o local por un período de hasta tres años.