Con la llegada del buen tiempo también se inicia la temporada de barbacoas en terrazas, áticos o zonas comunes de las comunidades de propietarios, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) recomienda regular su uso mediante normas de régimen interno para evitar conflictos y posibles incendios, como el ocurrido el año pasado en Torre Ámbar, en Madrid.
“Las barbacoas domésticas son elementos susceptibles de generar problemas en el inmueble, debido a una posible propagación de fuego, en caso de descuido”, explica Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid.
Aunque no exista una normativa a nivel estatal, autonómico o municipal que prohíba explícitamente el uso de barbacoas, en la Ley de Propiedad Horizontal sí se encuentra regulada la prohibición de actividades molestas e insalubres como las que generalmente conllevan el uso de las barbacoas.
“La normativa de uso interno en las comunidades no debe ser estricta, sino abierta al diálogo y lo menos prohibitiva posible. Pero no podemos dejar a un lado que estamos ante un problema de límites de la propiedad y relaciones de buena vecindad”, comenta Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid. “Las barbacoas domésticas son elementos susceptibles de generar problemas en el inmueble, debido a una posible propagación de fuego, en caso de descuido”, añade.
En este sentido, el CAFMadrid recuerda que el uso de barbacoas puede ser restrictivo en el caso de que provoque cualquier molestia al resto de vecinos de la comunidad.
“No olvidemos que el propietario del piso bajo con patio o del ático cuya terraza hace de cubierta del edificio tiene derecho al uso y disfrute de esa zona, pero no por ello este deja de ser un elemento común propiedad de la comunidad”, explica Bajo.
Asimismo, esta institución recuerda que si se trata de una barbacoa de construcción fija, para su uso es necesaria la utilización de un sistema independiente de evacuación de humos, tal como establece el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).